La víctima no quiere declarar

La víctima no quiere declarar ¿Qué se puede hacer ante esto?.

Lawyou — miércoles, 11 de julio de 2018

“La víctima no quiere declarar” aunque parezca una frase muy común, en el caso de violencia de género son muchas las víctimas que se abstienen en declarar en contra de su agresor.

En España, como en muchas partes del mundo que la violencia de género es muy fuerte, existe a diario centenares de casos sobre mujeres que son víctimas de maltrato verbal, físico y psicológico por parte de su pareja.

A pesar del silencio por parte de la víctima, las mujeres son protegidas por las instituciones públicas encargadas en esta jurisdicción especial y que es el derecho que les corresponde exigir ante la ley.

Víctimas de Violencia de género en España

La violencia de género se define como aquella violencia física, psicológica o sexual dirigida contra una persona o grupo de personas por razón de su sexo o género. Este tipo de violencia provoca graves consecuencias para las víctimas, tanto física como psicológicamente.

Sin embargo, en muchísimas ocasiones, el miedo hace que sean incapaces de denunciar, es decir cuando la víctima no quiere declarar.

En el año 2018 hubo un incremento de los casos de violencia de género, se hace memoria de la semana que en menos de 48 horas se elevó a 20 el número de víctimas mortales de violencia de género.

De igual manera, a pesar de los reportes de esta cifra, cada año son muchísimas las mujeres que soportan a diario tal violencia.

Este tipo de violencia expresa la situación de desigualdad, la discriminación y el poder que los hombres pueden llegar a ejercer sobre las mujeres.

Protección para las víctimas. Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre

Frente a los problemas y violencia de género, en el año 2003 se aprobó la Ley 16/2003 de 8 de abril, sobre prevención y protección integral de la mujer y, más adelante, dicha ley fue desarrollada por la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, sobre medidas de protección integral contra la violencia de género.

En relación con mencionada ley, las mujeres víctimas de violencia de género disponen de diversos derechos universales como derechos laborales, económicos, derecho a la asistencia social, a la movilidad geográfica o a la asistencia jurídica gratuita, inmediata y especializada, entre muchos otros.

Además, también existen diversas campañas que conciencian en contra del maltrato y la violencia de género y también cuando la mujer no quiere declarar.

 

Miedo a declarar 

Pese a ello, la realidad actual es que siguen surgiendo más y más casos que nos hacen plantear si nuestra regulación funciona de manera eficiente y adecuada, de manera que las mujeres no tengan que sentir miedo o desprotección a la hora de denunciar el calvario que están viviendo.

Pero, este tema es más profundo de lo que se piensa, porque cuando la mujer no quiere declarar surgen preguntas que generan cierta inquietud, porque realmente ¿Debe obligarse a la víctima a declarar en contra de su maltratador?, ¿no hacerlo, supone más desprotección?, ¿hacerlo es una forma de proteger a las mujeres?

En primer lugar, se debe tener en cuenta que, en caso de que la víctima no quiera declarar, son limitadas las ocasiones en las que el agresor pueda ser condenado, debido a que es probable que no existan pruebas suficientes para ello.

Artículos en la LECrim sobre cuando la víctima no quiere declarar

En ese sentido, resulta necesario subrayar diversos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: 410 y 416.

Por un lado, según el artículo 410:

 “Todos los que residan en territorio español, nacionales o extranjeros, que no estén impedidos, tendrán obligación de concurrir al llamamiento judicial para declarar cuanto supieren sobre lo que les fuere preguntado si para ello se les cita con las formalidades prescritas en la Ley”.

Por otro lado, el artículo 416 establece que están dispensados de la obligación de declarar:

  •         Los parientes del procesado en líneas directas ascendente y descendente.
  •         Su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial.
  •         Sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil.
  •         Los parientes a que se refiere el número 3 del artículo 261 de la misma Ley.

Tratamiento diferenciado

Así mismo, se otorga un tratamiento diferenciado a la dispensa de la obligación de declarar a aquellas personas que han sido víctimas de violencia de género y doméstica, ya que se tratan de delitos que se suelen cometer en la intimidad familiar.

 Por tanto, como se ha indicado anteriormente, es frecuente que no exista otra prueba que la propia declaración de la víctima.

 

Acuerdo del Tribunal Supremo

El derecho a no declarar en este caso según el Acuerdo del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2013, se niega la posibilidad de que la mujer agredida decida no declarar al concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

  •         Cuando la agresión se produzca luego de la separación matrimonial.
  •         Que el testigo esté personada como acusación en el proceso.

La importancia del asesoramiento legal

Con todo lo mencionado, no hay duda de que es muy importante que la víctima conozca las fases del procedimiento judicial que se lleva a cabo en estos casos, de forma que pueda estar informada de todas las opciones de las que dispone.

El asesoramiento legal hará que la víctima de violencia de género conozca la ley y todo lo concerniente al proceso judicial. La víctima no quiere declarar cuando no conoce cómo la ley la va a proteger, de ahí radica la importancia del asesoramiento legal.

¿Qué pasa en los casos cuando la víctima no quiere declarar?

¿Qué pasa si me niego a declarar en un juicio de violencia de género? Esta es una de las preguntas que se realizan las víctimas de violencia cuando se ven frente a la situación de declarar, pero se niegan por miedo a las consecuencias que pueda tener por parte de su agresor.

Así pues, cuando un tercero conoce el abuso y el maltrato hacia la víctima que no quiere declarar, este puede denunciar o informar sobre la violencia. No obstante, si en el proceso la víctima no quiere declarar el proceso se archiva, debido a que es un derecho que tienen los cónyuges o las parejas.

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