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Especialistas en derecho de la propiedad intelectual

Lawyou es un despacho que cuenta con abogados especializados en diversas ramas del derecho, incluido el derecho mercantil y, dentro de esta materia, el derecho de la propiedad intelectual. Gracias a esta característica, somos capaces de asesorar en todas las materias relacionadas con el derecho mercantil y con el resto de ramas del derecho.

¿En qué consiste el derecho de la propiedad intelectual?

El derecho mercantil es una rama especial del derecho privado que surgió en la Edad Media y que tiene por objeto regular al empresario, al estatuto jurídico de ese empresario y a la peculiar actividad empresarial que desarrolla éste en el mercado. Esta materia del ordenamiento jurídico está compuesta por diferentes materias, entre las que se encuentra el derecho de la propiedad intelectual.

El derecho de la propiedad intelectual regula los derechos que corresponden a los autores (derechos de autor) y a otros titulares (artistas o productores, por ejemplo) en relación con sus creaciones. Por tanto, el derecho de la propiedad intelectual incluye tanto los derechos de autor, como otros derechos afines.

Los sujetos de derechos de autor, que es el derecho de la propiedad intelectual por excelencia, son las personas físicas que crean una obra literaria, artística o científica. Según el artículo 1 de la Ley de Propiedad Intelectual, los autores son titulares de este derecho por ser los creadores de la obra y no pueden renunciar a su condición, por tratarse de un derecho intransmisible e imprescriptible.

Por otro lado, se encuentran los titulares de otros derechos de propiedad intelectual. Estos derechos afines corresponden a los artistas intérpretes de las obras, a los productores y a las entidades de radiodifusión, entre otros.

En relación con el derecho de la propiedad intelectual, debemos mencionar el Registro de la Propiedad Intelectual. La inscripción de una obra en este registro no es constitutiva de derechos, pero sí sirve como método de prueba de que los derechos que se han inscrito pertenecen al autor titular.

Existe normativa nacional en materia de derechos de autor, pero también es aplicable la normativa de la Unión Europea en esta materia, conocida por el término “Copyright”.

EL DERECHO DE AUTOR

El derecho de autor es la segunda vertiente de la propiedad intelectual. Disciplina que también se conoce como propiedad literaria, artística y científica. El derecho de autor recae sobre bienes inmateriales que tienen cabida dentro del mundo de las artes.

Este derecho se representa por el derecho económico o pecuniario, y por el derecho moral. En estos casos se tiene en cuenta los citados derechos de autor. A su vez, los artistas intérpretes y ejecutantes también tienen cabida en el ámbito de los derechos intelectuales, similar al que se estipula en los Derechos de patentes.

LEGISLACIONES Y DERECHO NACIONAL

Las reglas aplicables a las formas de adquisición, conservación, ejercicio, defensa, respeto y terminación de los derechos que recaen sobre los bienes inmateriales de la empresa se regulan mediante las leyes nacionales. España tiene sus propias leyes nacionales en materia de propiedad industrial y derechos de autor. Estas leyes son dictadas por el congreso y parlamento español que van acompañadas del reglamento que contiene reglas procedimentales y adjetivas para la aplicación de la ley.

TRATADOS Y DERECHOS INTERNACIONALES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Dado que existen tantas legislaciones nacionales como países, desde el siglo XX, se ha creado unas reglas comunes a las naciones que participan activamente en estos ejercicios. Las dos más importantes se encuentran en vigor en más de dos terceras partes de los Estados miembros del Sistema de las Naciones Unidas, y están representados por el Convenio de París y el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (en adelante Convenio de Berna) firmado tres años después. Ambos constituyen la columna vertebral del Derecho internacional de la propiedad intelectual, en el sentido que ningún país puede legislar en contra de lo que establecen estos dos tratados. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) administrada por el Convenio de París y el Convenio de Berna. Esta organización actúa como Secretaría.

TIPOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Dentro de los derechos de la propiedad intelectual podemos encontrar, marcas comerciales, patentes, derechos de autor, derechos de diseño industrial, derechos de variedades vegetales, imagen comercial, indicaciones geográficas y dependiendo en que jurisdicciones nos encontremos también abarca el ámbito del secreto comercial.

LA MARCA OBJETO DE PROTECCIÓN: Es la distintividad en el mercado, para conseguir la protección en el mercado por una marca mediante su signo distintivo. Ese carácter distintivo está de manera permanente.Una marca es un signo que es apto para distinguir un producto o servicio en el mercado. Cuando esta marca se registra en la entidad gubernamental se convierte en una marca registrada. Una marca se puede proteger de forma regional, esto ocurre con la marca de la Unión Europea, por ejemplo.

El signo de esta puede ser una palabra, una combinación de estas, una imagen o un diseño que cumplan con el requisito de distintividad y posibilidad de ser representado por escrito o gráficamente.Cuando registramos la marca, el titular tiene la posibilidad de autorizar o prohibir el uso de esta a terceras personas. Se les dota de herramientas jurídicas de protección a éstos para defenderse de las copias sin autorización.

Registrando la marca determinamos la identidad tanto gráfica, física y operativa de un producto o servicio. Al incluir elementos gráfico-visuales propios conseguimos diferenciarnos de los competidores, proporcionándoles identidad en el sector comercial que estará registrada. Es decir, se encontrará protegida por las leyes que se puedan utilizar con exclusividad respecto a este tema.

LAS PATENTES: La patente es el conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado al inventor de un nuevo producto o tecnología, susceptible de ser explotado comercialmente por un período limitado de tiempo, siempre que se divulgue la invención. El registro de la patente constituye la creación de un monopolio artificial y se encuentra dentro de la propiedad industrial, que forma parte del régimen de propiedad intelectual.

VARIEDADES VEGETALES: Los derechos de variedades vegetales, que son los derechos que se utilizan comercialmente en una nueva variedad de planta que tiene que ser novedosa y distintiva, para que el registro la acepte.

IMAGEN COMERCIAL: Es un término legal del arte que se refiere a las características de apariencia visual y estética de un producto, incluso el diseño de este dado que significa la fuente del producto.

SECRETO COMERCIAL: Es la formula practica del proceso, esto es, el instrumento, patrón, proceso, diseño o complicación de información que no se conoce o no se puede determinar de manera razonable, con el cual una empresa puede obtener una ventaja económica sobre sus competidores y clientes. No tiene protección formal del gobierno, sino que cada empresa tiene que decidir qué medidas va a tomar para proteger sus secretos comerciales.

DERECHOS DE AUTOR: Es el conjunto de normas jurídicas y principios que   afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede al autor por el   hecho de ser ellos los autores de una obra literaria, artística, musical, científica o             didacta, que este publicada o inédita. Cabe remarcar que los derechos de autor             son uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El derecho literario se basa en los derechos de las historias que se basan en           hechos o personajes reales, cabe remarcar que los personajes tienen derecho a   leer la obra siempre que este escrito. La obra pasara al dominio público en el   momento que los derechos patrimoniales expiren. Sucede cuando transcurre el     plazo de la muerte del autor. El plazo mínimo establecido en el Convenio de   Berna es de 50 años.

INFRACCIONES A  LA PROPIEDAD INTELECTUAL

La violación de los derechos de la propiedad intelectual puede instituir en una violación de la ley civil o penal, dependerá del tipo de propiedad intelectual involucrada, jurisdicción y la naturaleza de la acción. Pueden darse infracciones como:

  • Infracción de derecho de autor.
  • Infracción de patentes.
  • Infracción de imagen comercial.
  • Infracción de propiedad industrial.
  • Apropiación indebida del secreto comercial.

 

Experiencia y dedicación

En Lawyou contamos con abogados especialistas en derecho de la propiedad intelectual con más de 20 años de experiencia en el sector. Por ello, cada vez son más los clientes que han ido depositando su confianza en nuestros abogados. Asimismo, gracias a la amplia experiencia que tienen nuestros abogados y a su plena dedicación en trabajo, nuestros clientes saben que sus asuntos no podrían estar en mejores manos.

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