La tributación seguro de vida es un tema importante al momento de recibir una indemnización por seguro de vida.

Tributación seguro de vida: sucesiones

Maria Flores — viernes, 25 de marzo de 2022

No es un tema de preocupación entre los beneficiarios pensar en la tributación seguro de vida, ya que en la mayoría de los casos no saben que deben pagar impuestos de sucesiones y donaciones al recibir una indemnización del seguro de vida.

¡Pero no te preocupes!, sabemos que el familiar se ha encargado de brindarte una solución efectiva al momento de él ya no estar al contratar un seguro de vida, 

Lo cierto es que optar por un seguro de vida tiene sus beneficios a pesar de que tengas que abonar en impuestos.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

El impuesto de sucesiones seguro de vida es aquel que grava la transferencia de derechos o bienes ejecutados entre personas físicas. 

Cuando se trata de sucesiones, se grava los objetos patrimoniales de título gratuito mortis causa.

Tributación seguro de vida sucesiones: Quién paga el Impuesto?

Con la idea anterior, se complementa que en el impuesto de sucesiones y donaciones existen 3 supuestos:

  1. Cuando la persona recibe derechos y bienes por legado. (sucesiones mortis causa).
  2. Al recibir adquisiciones inter vivos, es decir, algún tipo de donación en vida. 
  3. Cuando eres beneficiario pero no tomador de un seguro de vida. 

¿Cómo tributa un seguro de vida por fallecimiento? 

Siempre y cuando el beneficiario sea una tercera persona, sea por fallecimiento del titular, esta debe pagar impuestos por recibir el dinero. 

Claro está, que el pago va a depender de la comunidad autónoma, en este sentido se calcula la cantidad conforme al grado de parentesco y según las bonificaciones que existen para dicho tributo. 

Si en el supuesto no es un tercero sino tú mismo, debes tributar en el IRPF, y el impuesto se calcula dependiendo del dinero que va a recibir de indemnización.

En definitiva, si eres el titular del contrato no pagas impuesto de tributación seguro de vida, en cambio, si eres un tercero no debes declarar en el IRPF pero sí pagar el impuesto de sucesiones. 

Artículo 39 del Reglamento del ISD dispone lo siguiente:

«1. En la percepción de cantidades procedentes de contratos de seguro sobre la vida para caso de muerte del asegurado, constituirá la base imponible el importe de las cantidades percibidas por el beneficiario. Estas cantidades se acumularán al valor de los bienes y derechos que integren la porción hereditaria del beneficiario cuando el causante sea, a su vez, el contratante del seguro individual o el asegurado en el seguro colectivo.

  1. Cuando el seguro se hubiese contratado por cualquiera de los cónyuges con cargo a la sociedad de gananciales y el beneficiario fuese el cónyuge sobreviviente, la base imponible estará constituida por la mitad de la cantidad percibida».

Características del Impuesto de Sucesiones en las pólizas de vida

Para saber a fondo de qué trata un seguro de vida es importante conocer las características y los detalles de la tributación seguro de vida.

  • Dentro del plazo de seis meses después del fallecimiento del asegurado, los beneficiarios deben pagar el impuesto obligatoriamente.
  • Se abona en la Administración Pública (Agencia Tributaria).
  • Al ser un tributo subjetivo se toma en cuenta algunos aspectos del beneficiario.
  • Mientras sea mayor la indemnización, mayor será lo que el beneficiario debe pagar.
  • Impuesto regulado por cada Comunidad Autónoma, es decir, que el porcentaje puede variar.

Así pues, para ser beneficiario legal debes pagar a hacienda al recibir un seguro de vida a través de la liquidación de tributo, es decir, la tributación seguro de vida.

Liquidación parcial del impuesto de sucesiones seguro de vida

Como ya hemos hecho mención, debes realizar la liquidación del tributo de forma previa al pago de la indemnización.

Para pagar la ley te permite realizar lo que se denomina liquidaciones parciales con el fin de facilitar el pago. 

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