resolucion conflictos electronicos

Resolución de conflictos por sistemas electrónicos

Lawyou — martes, 24 de octubre de 2017

La mediación es un área en auge debido a que representa la alternativa a lo costoso y prolongado que resulta el procedimiento judicial.

Además, permiten una solución más adecuada a las necesidades de las partes, que se sienten escuchadas y valoradas en la mediación. Ante la gran acogida de la mediación, la Ley de mediación 5/2016, de 6 de junio, de mediación de asuntos civiles y mercantiles, en su artículo 24 introduce la posibilidad de utilizar medios electrónicos en el proceso de mediación, como una posibilidad real y novedosa de llevar a cabo la mediación.

¿Qué es la resolución de conflictos online?

Del mismo modo que en el proceso presencial, la mediación electrónica es voluntaria, confidencial y reservada. Además, de trata de un proceso documentado que, a través de la inclusión de una tercera parte, que actúa por solicitud de las partes, invita a estas a llegar a un acuerdo dentro de unos límites fijos de tiempo.

Sin embargo, la posibilidad de resolver conflictos online incluye el uso de tecnologías de la comunicación y la información a la mediación, que puede darse para todas las sesiones o solo algunas de ellas.

Desde LAWYOU destacamos la tecnología como una gran herramienta, en todos los ámbitos, pero en particular en la mediación, puede suponer un apoyo clave que incrementa la mediación. Las diferentes herramientas con las que contamos (chats, videoconferencias, correos electrónicos, firma digital, …) facilitan el procedimiento, además de reducir el coste económico, permitir una gran flexibilidad horaria y la posibilidad de registrar los temas tratado.

¿Cómo se desarrolla el proceso?

La resolución de conflictos cara a cara debe efectuarse en tiempo real, en el cual cada lado reacciona inmediatamente a las nuevas propuestas por la contraparte. Sin embargo, mediación online puede ser de manera sincronizada mediante videoconferencia o ser asincrónica, lo que puede ser especialmente interesante en aquellos casos que las partes se encuentran en localidades diferentes. En el segundo caso, la posibilidad de la interacción asincrónica permite a las partes más tiempo para poder responder o consultar con otros las nuevas propuestas.

Los expertos de LAWYOU recomiendan el proceso en asincronía para aquellos procesos especialmente delicados, en los que las partes en vez de reaccionar emocionalmente a una propuesta, pueden centrarse en el tema y responder de manera cortés y eficiente. Esto puede conllevar a una resolución más lenta, sin embargo, los acuerdos alcanzados serán más firmes, debido a que se habrán tomado meditadamente.

Por todo ello, los abogados de LAWYOU observan una gran oportunidad en estos procedimientos que, aunque tienen sus desventajas, pueden ser muy ventajosos para la reducción de costes y la agilidad, en los procesos en que las partes no están localizadas en el mismo lugar.

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