los seguros de vida forman parte de la herencia

¿Los seguros de vida forman parte de la herencia?

Lawyou — lunes, 21 de marzo de 2022

Querido lector/a:

Queremos dedicar este clublawyou, para hablarte sobre si los seguros de vida forman parte de la herencia, de hecho, esta es la pregunta principal que os hacéis muchos.

No, no se incluye. PERO es muy habitual y probable que quien contrata el seguro de vida, ponga como beneficiarios (quienes tendrán derecho a cobrarlo en caso de fallecimiento del asegurado) a su esposa/o e hijos.

 Entonces, cuando esto ocurre, nos encontramos que los herederos legales coinciden con los beneficiarios del seguro de vida, lo cual puede generar confusión respecto a la pregunta que antes realizábamos.

Conviene saber que en el seguro de vida contratado podremos poner como beneficiario a personas que no tienen por qué coincidir con nuestros herederos. Pero, reiteramos que es habitual que coincida con estos últimos, pues como bien sabéis con el seguro de vida, quien lo contrata, lo que pretende generalmente es que aquellos que dependen de sus ingresos no se vean afectados en caso de fallecimiento del asegurado.

Y precisamente por esto último que comentamos, surge una preocupación totalmente razonable, sobre el cobro, en quienes contratan un seguro de vida para proteger a sus allegados en caso de fallecimiento

¿Cómo cobrar el seguro de vida?

Tenemos que notificar y acreditar por escrito el siniestro (fallecimiento) a la compañía de seguros (plazo de 7 días).

Hecho lo anterior, el beneficiario del seguro deberá recabar y aportar toda la documentación dependiendo del supuesto concreto (entre otros, pueden ser: fotocopia compulsada del DNI del fallecido o certificado de nacimiento, certificado de defunción, certificado del Registro de 

Actos de Última Voluntad y copia del último testamento o declaración notarial de herederos, documento acreditativo de la condición de beneficiario del seguro, liquidación del impuesto ISD, etc.…)

Generalmente, con eso, la aseguradora podrá realizar un adelanto del capital asegurado (conocido como ‘importe mínimo’), y estudiará la veracidad del siniestro.

Puede ocurrir que, la aseguradora considere que no se ha acreditado el derecho de cobro por el beneficiario, y nos requiera para devolver el adelanto.

¿Cuánto tiempo tardará en pagar la aseguradora?

Por ley, dispone de hasta tres meses desde que se notificó el siniestro (fallecimiento) y se hizo entrega de la documentación necesaria.

Si se demorase, deberá abonar los intereses de demora.

Los seguros de vida forman parte de la herencia: ¿Cómo se cobrará?

Dependerá de las condiciones del contrato en particular. Lo más habitual es que sea en un solo pago, en pagos recurrentes a modo de renta vitalicia o como una renta temporal (por ejemplo, doce pagos anuales durante diez años).

Y la pregunta que más preocupa,  aparte de si los seguros de vida forman parte de la herencia, es seguramente: ¿Qué pasa si fallezco y el seguro de vida no quiere pagar?

Que las personas beneficiarias del seguro de vida tendrán que internarse en una ‘lucha’ con la aseguradora que por desgracia se da más de lo que nos gustaría.

Si ese es tu caso…

Recomendamos que inmediatamente acudáis a un profesional especialista en derecho de seguros para que os guíe, acompañe y lidere la reclamación, o negociación, con la finalidad de que podáis cobrar aquello que os pertenece gracias a quien no está y tanto se esforzó para ello.

Igualmente, si todavía es posible, recomendamos que sea el propio contratante del seguro de vida, quien con anticipación al posible problema se ponga en manos de un profesional para encomendarle todo lo relacionado al cobro del seguro de vida, evitándole posibles quebraderos de cabeza a sus allegados cuando él no esté.

Anticípate a los problemas y evítalos.

En LAWYOU nuestros abogados expertos en derecho de seguros están a tu disposición y a la de los tuyos para daros tranquilidad y seguridad. Si te quedan más dudas sobre si los seguros de vida forman parte de la herencia, solo contáctanos a través del 611 48 89 90. Contamos con abogados en regiones de España. 

 

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