¿Y qué derecho prevalece sobre nuestra imagen?
El derecho a la propia imagen, a la intimidad y al honor, como derechos fundamentales son inalienables e intransmisibles y corresponden únicamente a la persona, otorgándole este derecho la tutela para la protección del mismo.
Por otra parte en nuestra sociedad, el derecho a la libertad de información ampara la publicación y difusión a diario de innumerables noticias y reportajes donde la imagen de innumerables personas con vis pública, semipública o privada aparecen (sin su consentimiento expreso), y donde se exponen facetas de sus vidas públicas o privadas, y datos personales, lo que puede suponer una intromisión ilegítima.
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— miércoles, 4 de septiembre de 2019
¿Eres Abogado independiente? Si eres un abogado independiente que dedicas más de 2000 horas al año a desarrollar tu despacho, sigue leyendo, porque vas a entender dónde está el problema y vas a adquirir una perspectiva más clara de la solución. Si dedicas menos tiempo y tu desarrollo del despacho es correcto, lo puedes dejar aquí. En esta primera […]
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— miércoles, 7 de agosto de 2019
Idea vs Formato.
Muchas veces se pueden confundir las ideas con las obras que las desarrollan.
En nuestro ordenamiento jurídico las ideas son libres, de tal forma que no son susceptibles de apropiación, lo que supondría un límite a la creatividad.
En relación a los formatos de televisión, una idea de proyecto audiovisual, incluso siendo novedosa, e incluso estando escrita, no es siempre constitutiva de un formato audiovisual.
Lawyou
— miércoles, 24 de julio de 2019
Gestación Subrogada La filiación derivada de la figura de la gestación subrogada actualmente es una de las cuestiones más controvertidas que encontramos en el ámbito del Derecho de familia. Tal cuestión, que presenta un sinfín de opiniones tanto de calado ético como político, cuenta con una complejidad jurídica técnica y valorativa muy alta que lleva […]
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— miércoles, 17 de julio de 2019
ENTREVISTA SERGIO GAYOSO. ABOGADO LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Los abogados somos una herramienta necesaria para resolver todo tipo de conflictos y desempeñamos una labor social, ya que ayudamos a que salgan adelante negocios o evitamos que vayan al traste. Me siento cómodo a la hora […]
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— jueves, 4 de julio de 2019
Nueva Ley Hipotecaria
El pasado día 16 de junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante la “Nueva Ley Hipotecaria”),que lleva una serie de novedades que atañen tanto a los clientes como a las entidades financieras que ofrecen préstamos con garantía hipotecaria.
El objetivo número 1 perseguido por la Nueva Ley Hipotecaria es el de establecer medidas de protección de los consumidores personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes, de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca u otro derecho real de garantía sobre bienes inmuebles. Para ello, la Nueva Ley Hipotecaria establece los siguientes objetivos:
Potenciar la seguridad jurídica y la transparencia
Facilitar y garantizar la comprensión de los contratos y de las cláusulas que los componen
Regular y establecer un justo equilibrio entre las partes
Además, es relevante tener en cuenta que la Nueva Ley Hipotecaria tiene por finalidad transponer al Derecho nacional la normativa de la Unión Europea en esta materia, reflejada en la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014.
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— miércoles, 3 de julio de 2019
Tributación Influencers residentes en España y Latinoamérica. Actualmente, una parte de la economía digital la constituyen los influencers quienes, gracias a su credibilidad, son foco para el marketing por influencia. Es una manera de publicitar bienes y servicios mediante el cual, una persona natural, realiza cierta actividad percibiendo por ello una retribución en dinero o […]
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— miércoles, 26 de junio de 2019
Preguntas y consecuencias de la nueva ley hipotecaria
Hay mucha confusión con la nueva Ley reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario conocida como la «ley hipotecaria». Por eso, te ofrecemos 7 cuestiones básicas a tener en cuenta ante este nuevo cambio que afecta a la banca y a los clientes.
¿Me afecta la nueva ley hipotecaria a la que ya estoy pagando?
Esta nueva ley ya vigente se aplicará para todos los contratos firmados a partir del 16 de Junio de 2019. Para los clientes que firmaron en una fecha anterior, no se podrán beneficiar de muchos de los aspectos a tener en cuenta. Aunque algunos, si que tienen un carácter retroactivo.
Alargo de plazo de embargo en caso de impago.
Oportunidad de cambio de banco sin que la entidad actual pueda impedirlo.
Cambio de un préstamo variable al tipo fijo con un descuento en la comisión.
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— miércoles, 19 de junio de 2019
ENTREVISTA ALEJANDRO BARRERO. ABOGADO LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Mi padre era abogado de la vieja escuela y tengo dos hermanos más que son abogados. Mi vocación por la abogacía es de las generaciones actuales, donde los abogados ya no están centrados solo en los […]
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— viernes, 14 de junio de 2019
Proceso de bastanteo:
Si bien el proceso de bastanteo difiere dependiendo del tipo de entidad, con carácter general se deben comprobar varias cuestiones:
Cada entidad que desee contratar algún producto bancario con una entidad financiera debe aportar una documentación básica obligatoria, que como veremos más adelante, difiere según los casos, pero entre la que siempre nos encontraremos con algunos documentos comunes:
– Acuerdo o escritura de constitución de la entidad y, en su caso, inscripción registral
– Documentación fiscal
– Documentación de blanqueo de capitales
– Apoderamiento o autorización de la/s persona/s correspondiente/s
Los documentos deben estar en vigor, es decir, no pueden estar caducados.
Los apoderados o personas autorizadas para operar en la cuenta deben estar actualizados y corresponderse con la documentación vigente que se aporte.
Debe comprobarse, en algunos casos, por ejemplo, en el caso de las asociaciones o las cooperativas, que el mandato que aparece en la documentación (referido al tiempo de duración del cargo) se corresponde con lo dispuesto en los estatutos. En caso de que sea diferente, siempre prevalecerá lo dispuesto en los estatutos.
¿Qué es el bastanteo de poderes y cuándo se realiza?
El bastanteo de poderes implica la comprobación por parte de una entidad bancaria (por ella misma o a través de terceros) del cumplimiento de una serie de requisitos necesarios para poder operar en dicha entidad, esto es, para contratar productos con una entidad financiera. Por ejemplo, para la apertura de una cuenta bancaria, la obtención de financiación, contratación de otras clases de productos financieros, etc. Tales requisitos difieren en función del tipo de entidad.
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— jueves, 13 de junio de 2019
ENTREVISTA PAULA MANZANO. ABOGADA LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Por casualidad. Me dedicaba al transporte internacional. En 2000 dejé la carrera y empecé a trabajar en una empresa internacional de transporte de obras de arte, en la que me encargaba de analizar la cadena contractual […]
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— jueves, 6 de junio de 2019
¿Qué es un delito de corrupción en los negocios?
Se castiga como delito de corrupción en los negocios la mera aceptación del ofrecimiento o promesa de obtener un beneficio o ventaja no justificado a cambio de favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales.
Lawyou
— miércoles, 5 de junio de 2019