Derecho a la intimidad y a la propia imagen 2022.

¿Y qué derecho prevalece sobre nuestra imagen?

El derecho a la propia imagen, a la intimidad y al honor, como derechos fundamentales son inalienables e intransmisibles y corresponden únicamente a la persona, otorgándole este derecho la tutela para la protección del mismo.

Por otra parte en nuestra sociedad, el derecho a la libertad de información ampara la publicación y difusión a diario de innumerables noticias y reportajes donde la imagen de innumerables personas con vis pública, semipública o privada aparecen (sin su consentimiento expreso), y donde se exponen facetas de sus vidas públicas o privadas, y datos personales, lo que puede suponer una intromisión ilegítima.

Lawyou — miércoles, 4 de septiembre de 2019