La figura del Delegado de Protección de Datos

Lawyou — miércoles, 7 de marzo de 2018

El 25 de mayo de este año comenzará a aplicarse el Reglamento General de Protección de Datos que entró en vigor el 25 de mayo de 2016 (REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).

Todas las empresas están obligadas a tener un Delegado de Protección de Datos

Que supondrá, entre otras cosas, que el responsable y el encargado de tratamiento se verán obligadas a designar a un delegado de protección de datos:

  • Si quien trate datos de carácter personal es una autoridad u organismo público, excepto los tribunales que actúen en el ejercicio de su función.
  • Si las actividades principales del responsable o encargado consisten en operaciones de tratamiento que, en razón de su naturaleza, alcance y/o fines, requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala.
  • Que las actividades primordiales del responsable o del encargado de tratamiento consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos (artículo 9 RGPD) y de datos relacionados con condenas e infracciones penales recogidas en el artículo 10 del mismo texto legal.

El delegado de protección de datos será designado atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos y a su capacidad para desempeñar las funciones previstas en el Reglamento General de Protección de Datos.

El delegado de protección de datos podrá formar parte de la plantilla del responsable o del encargado del tratamiento o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios.

La Agencia Española de Protección de Datos ha optado por promover un Esquema de Certificación de “Delegados de Protección de Datos”, esta certificación no es obligatoria para poder ejercer como Delegado de Protección de Datos y se puede ejercer la profesión sin estar certificado bajo éste o cualquier otro esquema.

En el Esquema de certificación de “Delegados de Protección de Datosse recoge la primera autorización de certificación sobre quien reúne los requisitos para poder ser delegados de protección de datos. Tales requisitos son los recogidos en el artículo 6.3 del Esquema:

  • Quien acredite tener una experiencia profesional de, al menos, 5 años en proyectos relacionados con las funciones del DPD en materia de protección de datos.
  • Quien acredite contar con una experiencia profesional de, al menos, 3 años en actividades que estén relacionadas con funciones del DPD en materia de protección de datos y una formación mínima de 60 horas en relación con las materias recogidas en el Esquema.
  • Quien justifique poseer una experiencia profesional de, al menos, 2 años en proyectos relacionados con la protección de datos y una formación mínima de 100 horas en relación con las materias recogidas en el.
  • Quien acredite contar con la formación mínima de 180 horas en materias incluidas en el Esquema.

Las entidades u organismos públicos que no cumplan con esa experiencia podrán convalidar hasta 1 año de experiencia justificando méritos adicionales.

Los candidatos a DPD deberán someterse a una prueba que consistirá en un examen de 150 preguntas tipo test, siendo necesario superar el 75% para ser apto. Como obligación previa a la concesión de dicho cargo, estos candidatos deberán, además, aceptar el Código Ético del Anexo III del Esquema. El candidato será evaluado en cuanto a su conocimiento, experiencia y desarrollo profesional continuado.

Si necesitas un servicio de DPD ponte en contacto con nosotros en el siguiente correo  electrónico info@lawyoulegal.com o a través del teléfono: 602 226 895.

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