reclamar prueba ortografica policia nacional

Reclamar prueba ortográfica Policía Nacional

Lawyou — viernes, 24 de enero de 2020

RECLAMAR PRUEBA DE ORTOGRAFÍA EN EL PROCESO  DE OPOSICIÓN A POLICÍA NACIONAL

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Por Resolucion de 30 de mayo de 2019, de la DGP se convocó la oposición para ingreso de 2506 personas en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

El pasado 30 de noviembre, los opositores que habían logrado superar previamente la prueba física y el examen de conocimientos se sometieron a un test para evaluar su capacidad ortográfica, consistente en un cuestionario integrado por 100 términos. Los opositores dispusieron de ocho minutos para responder si estaban bien o mal escritos, restando un acierto cada fallo.

Suscitándose tres situaciones.

  1. Respecto de aquellos que marcaron como correctas las palabras LGTBI y CIBERATAQUE que el Tribunal de Oposición ha determinado como incorrectas.
  2. Respecto de aquellos que, para asegurar la superación de la prueba, solo marcaron las 50 palabras que sabían que eran correctas con el objetivo de conseguir los 50 puntos, el 5, y para su sorpresa el tribunal opositor, eleva arbitrariamente la puntuación a 6,2 como nota de corte, esto es 62 palabras marcadas correctas.
  3. Respecto de aquellos que se encuentran en las dos situaciones anteriores a la vez.

Quedando fuera por tanto todos los que no han superado con 62 puntos en adelante la prueba de ortografía

OBJETIVO

Que se declaren nulas de pleno derecho ambas decisiones tomadas y en la parte que afecte a cada uno de los interesados, se les considere APTOS y se les permita continuar en el proceso selectivo correspondiente que se celebre con posterioridad.

Pudiéndose evaluar con posterioridad si conseguida la nulidad de la declaración de no APTO  superando el resto del proceso selectivo, y posteriormente el curso en la academia de policía, si podemos reclamar los atrasos correspondientes y asi mismo la antigüedad como funcionarios de carrera, que en un principio entendemos que si.

ACTUACIÓN A SEGUR

1º.- Interponer un Recurso de Alzada en el plazo de 30 dias, plazo que finalizó el 12 de enero de 2020.

2º.- Se abre ante nosotros un plazo de 3 meses, esto es el 12 de abril de 2020, que es el plazo que tiene la administración para contestar, pudiéndose dar los siguientes escenarios.

  1. Que el Ministerio del Interior, conteste antes o después del día 12 de abril de 2020, y que la contestación sea estimatoria.
  2. Que el Ministerio del Interior, conteste antes o después del día 12 de abril de 2020, y que la contestación sea desestimatoria.
  3. Que el Ministerio del Interior, simplemente no conteste, teniendo en cuentael elevado número de recursos que se han presentado.

En el primer caso los recurrentes podrán continuar el proceso selectivo a falta de saber si se seguiría en una convocatoria extraordinaria o en la convocatoria ordinaria del siguiente proceso selectivo.

En el segundo y tercer caso, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación expresa o presunta obtenida por el silencio al no contestar, en este caso y contra la desestimación expresa, tenemos un plazo de 2 meses para interponer el Recurso correspondiente, mientras que frente a la desestimación presunta, el plazo según la ley es de 6 meses, pero sin embargo se puede ampliar tras una sentencia del Tribunal Constitucional, aunque en este último caso y en el anterior no conviene demorarnos mucho a la hora de interponer el recurso contencioso.

PREVISIÓN / POSIBILIDADES.-

Si el recurso de alzada se planteó contra la arbitrariedad de subir la nota de corte de 5 a 6,2 decir que es evidente que dado que en la convocatoria no se contempla esta posibilidad a diferencia de lo que ha ocurrido otros años en donde si se contempla, entendemos que las posibilidades de obtener una sentencia estimatoria son elevadas a salvo claro está que predomine el criterio de la discrecionalidad técnica como es el motivo por el que se realizó dicha maniobra, que no es otro que evitar que fuera muy elevado el número de aspirantes aptos. Pero aún asi repito las posibilidades son elevadas.

Si el recurso de alzada se planteó no sobre la nota de corte sino por no contabilizar como buenas las palabras ciberataque y LGTBI y por tanto no superar la nota de corte de 6,2, las posibilidades son igualmente buenas, puesto que a pesar de que la administración no las tome por buenas al no estar en el DICCIONARIO DE LA RAE eso no quiere decir que no sean correctas, de hecho, la propia RAE asi lo ha declarado en múltiples medios de opinión.

Y finalmente si el recurso de alzada se ha planteado cuestionando las dos opciones, las posibilidades serán aún mayores pues se suman las de una vía y las de la otra.

PRESUPUESTO

El procedimiento puede tener una duración aproximada de entre un año o dos, pero desde Lawyou recomendamos vivamente a los opositores recurrentes que se presenten a las próximas convocatorias.

En Lawyou contamos con un equipo profesional especializados en Derecho Militar, Guardia Civil y Policial con más de 20 años de experiencia y con atención en todo el territorio nacional y con amplia experiencia en casos ganados por impugnación de las entrevistas tanto en las convocatorias de acceso a la Policia Nacional, como Guardia Civil y Policías Autonómicas y Locales.

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No dudes en ponerte en contacto con nosotros escribiendo en el formulario que ves aquí abajo para contarnos tu caso. O puedes hacerlo a través de nuestro correo electrónico atencionalcliente@lawyoulegal.com o, si lo prefieres, también puedes llamarnos al 602 226 895.

Carlos Delgado Cañizares.

Abogado Lawyou especializado en Derecho Militar.

 

 
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