Los atropellos son accidentes muy comunes que suelen dejar lesiones a las víctimas. Por ello, es importante un artículo completo sobre ¿Qué hacer si te atropellan en un paso de cebra?.
Nuestros expertos exponen que la mayoría de los casos de atropello suceden por culpa del conductor y que poco son los casos por culpa o negligencia del peatón por no caminar donde es debido.
Responsabilizar a una persona por los accidentes de atropellos a peatones pueden generar controversias. Sin embargo, es importante conocer las indemnizaciones derivadas de cada una.
Pues, sea cualquier motivo del accidente, es fundamental que el lesionado sea indemnizado. La reclamación se puede hacer por vía penal o civil. Entonces, ¿qué hacer si te atropellan en un paso de cebra?
¿Qué hacer si te atropellan en un paso de cebra?
Es evidente que cuando una vía tiene un paso de cebra la prioridad la tiene el peatón, por lo que el coche debe tener bastante precaución al momento de transitar por esta vialidad.
A diferencia de la vía con señal de semáforo donde el que tiene prioridad es quien tiene la luz verde, el paso de cebra supone la obligación al conductor de detenerse para que el peatón cruce la calle libremente.
Así pues, es responsabilidad del vehículo cuando pasa cerca del paso de cebra si atropella a un individuo que cruza debidamente.
¿Quién paga la indemnización por atropello de peatón?
El lesionado (peatón) tiene derecho a recibir un 100% de la indemnización por el siniestro que el conductor causó conforme a lo establecido en el Baremo de Autos.
Ahora bien, la aseguradora del coche es quien pagará la indemnización cumpliendo obligatoriamente la responsabilidad civil.
Pero en caso de que el conductor al momento del siniestro esté bajo los efectos del alcohol o de algún estupefaciente la aseguradora puede hacerse cargo de la indemnización y luego reclamarle al conductor la cantidad que pagó a la víctima.
¿Qué es lo que se indemniza en un atropello en paso de cebra?
En efecto, lo que se indemniza en un atropello de peatones son los daños causados. Es decir, la cuantía dependerá de todos los daños personales como materiales que salieron perjudicados en dicho accidente. Se valora y se calcula luego la indemnización.
Daños materiales y personales perjudicados:
En este sentido, pueden ser las cosas que llevaba el peatón en ese momento, como por ejemplo el móvil, ordenador, maleta, tablet, gafas, libros… Así mismo, el culpable debe responder por los gastos médicos, gastos de fisioterapia, quirúrgicos y todos los necesarios para la recuperación de la víctima.
Qué hacer si te atropellan en un paso de cebra: pasos a seguir para la tramitación
Como se ha explicado la aseguradora es la responsable de la indemnización siempre disponiendo del atestado de tráfico que lleguen al lugar donde ha ocurrido el siniestro. El perito determinará la cantidad que debe abonarse
Luego de esto, la víctima debe llevar toda la documentación que se amerite para comprobar la existencia de lesiones y los correspondientes tratamientos que esté efectuando para la recuperación.
Ahora bien, si la persona que iba caminando cruzaba la calle debidamente y no se le puede responsabilizar por nada del accidente recuperará el 100% de la indemnización. En caso de haber concurrencia de culpa se disminuirá la cuantía de la indemnización conforme a la culpa del peatón.
Si la culpa solo es del peatón, no tiene derecho a indemnización.
Si la vía extrajudicial no llega a ningún lado se recurre a la vía extrajudicial para que determinen el grado de culpa y valoren el daño causado. En este sentido, ponerse en contacto con un abogado especializado es la clave para recibir la máxima indemnización. ¡Contáctanos!
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