El pasado día 16 de junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante la “Nueva Ley Hipotecaria”),que lleva una serie de novedades que atañen tanto a los clientes como a las entidades financieras que ofrecen préstamos con garantía hipotecaria.
El objetivo número 1 perseguido por la Nueva Ley Hipotecaria es el de establecer medidas de protección de los consumidores personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes, de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca u otro derecho real de garantía sobre bienes inmuebles. Para ello, la Nueva Ley Hipotecaria establece los siguientes objetivos:
Potenciar la seguridad jurídica y la transparencia
Facilitar y garantizar la comprensión de los contratos y de las cláusulas que los componen
Regular y establecer un justo equilibrio entre las partes
Además, es relevante tener en cuenta que la Nueva Ley Hipotecaria tiene por finalidad transponer al Derecho nacional la normativa de la Unión Europea en esta materia, reflejada en la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014.
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Preguntas y consecuencias de la nueva ley hipotecaria
Hay mucha confusión con la nueva Ley reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario conocida como la «ley hipotecaria». Por eso, te ofrecemos 7 cuestiones básicas a tener en cuenta ante este nuevo cambio que afecta a la banca y a los clientes.
¿Me afecta la nueva ley hipotecaria a la que ya estoy pagando?
Esta nueva ley ya vigente se aplicará para todos los contratos firmados a partir del 16 de Junio de 2019. Para los clientes que firmaron en una fecha anterior, no se podrán beneficiar de muchos de los aspectos a tener en cuenta. Aunque algunos, si que tienen un carácter retroactivo.
Alargo de plazo de embargo en caso de impago.
Oportunidad de cambio de banco sin que la entidad actual pueda impedirlo.
Cambio de un préstamo variable al tipo fijo con un descuento en la comisión.
ENTREVISTA ALEJANDRO BARRERO. ABOGADO LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Mi padre era abogado de la vieja escuela y tengo dos hermanos más que son abogados. Mi vocación por la abogacía es de las generaciones actuales, donde los abogados ya no están centrados solo en los […]
Proceso de bastanteo:
Si bien el proceso de bastanteo difiere dependiendo del tipo de entidad, con carácter general se deben comprobar varias cuestiones:
Cada entidad que desee contratar algún producto bancario con una entidad financiera debe aportar una documentación básica obligatoria, que como veremos más adelante, difiere según los casos, pero entre la que siempre nos encontraremos con algunos documentos comunes:
– Acuerdo o escritura de constitución de la entidad y, en su caso, inscripción registral
– Documentación fiscal
– Documentación de blanqueo de capitales
– Apoderamiento o autorización de la/s persona/s correspondiente/s
Los documentos deben estar en vigor, es decir, no pueden estar caducados.
Los apoderados o personas autorizadas para operar en la cuenta deben estar actualizados y corresponderse con la documentación vigente que se aporte.
Debe comprobarse, en algunos casos, por ejemplo, en el caso de las asociaciones o las cooperativas, que el mandato que aparece en la documentación (referido al tiempo de duración del cargo) se corresponde con lo dispuesto en los estatutos. En caso de que sea diferente, siempre prevalecerá lo dispuesto en los estatutos.
¿Qué es el bastanteo de poderes y cuándo se realiza?
El bastanteo de poderes implica la comprobación por parte de una entidad bancaria (por ella misma o a través de terceros) del cumplimiento de una serie de requisitos necesarios para poder operar en dicha entidad, esto es, para contratar productos con una entidad financiera. Por ejemplo, para la apertura de una cuenta bancaria, la obtención de financiación, contratación de otras clases de productos financieros, etc. Tales requisitos difieren en función del tipo de entidad.
ENTREVISTA PAULA MANZANO. ABOGADA LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Por casualidad. Me dedicaba al transporte internacional. En 2000 dejé la carrera y empecé a trabajar en una empresa internacional de transporte de obras de arte, en la que me encargaba de analizar la cadena contractual […]
¿Qué es un delito de corrupción en los negocios?
Se castiga como delito de corrupción en los negocios la mera aceptación del ofrecimiento o promesa de obtener un beneficio o ventaja no justificado a cambio de favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales.
ENTREVISTA JOSE ANGEL SORIA SANCHEZ. ABOGADO LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Primero estudié economía y me di cuenta de que era mi vocación un poco más tarde, pero tenía la inquietud. Cuando estudié CUNEF en Madrid entré en contacto con más estudiantes de Derecho. Considero […]
¿Por qué es tan importante el compliance en las empresas?
La responsabilidad penal de las empresas
2015 fue un año clave tanto para el Derecho Penal como para el Derecho Procesal Penal, ya que el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal fueron sometidos a sendas reformas durante ese año.
Con la reforma del Código Penal, se introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esto implica la posibilidad de que la comisión de ciertos hechos delictivos se impute no solo a personas físicas que los hayan cometido en el seno de una empresa (bien sean socios, administradores, directivos o trabajadores), sino también a la propia empresa como entidad.
Esto supone que las empresas deben asumir los actos de las personas físicas que componen su organización, pudiendo llegar a ser sujetos pasivos en el proceso penal, y asumiendo las consecuencias de ello que podrá ser incluso el cierre de la sociedad.
¿Qué es compliance?
Los programas de compliance, o en la terminología española, programas de cumplimiento, es el conjunto de protocolos y normas que se establecen en el seno de una empresa a fin de evitar la comisión de delitos. Idealmente, el programa debería ser como un guante: diseñado de forma que se ajuste perfectamente a las características y necesidades de una empresa, y es que éstas pueden variar inmensamente de una a otra.
Si comparamos un pequeño comercio de barrio en el que se vende ropa con una sociedad dedicada a la inversión y que opera exclusivamente vía online, fácilmente vemos que los riesgos a los que están expuestos cada una de las empresas no tienen nada que ver.
ENTREVISTA EMILIO PINO. ABOGADO LAWYOU ¿Desde cuándo ejerce la abogacía? ¿Qué le ha llevado hasta aquí, a ser abogado? Empecé a estudiar Derecho en Granada; la carrera me gustaba porque aunaba lo práctico y mi interés por las humanidades. Cuando comencé a ejercer, me trasladé a Marbella y comprobé la importancia del dominio del inglés […]
El 12 de mayo de 2019 entró en vigor la obligación de controlar la jornada laboral de los trabajadores en la ley de registro horario. El Real Decreto estipula el control de horario de todos los trabajadores con el fin de conocer las horas y la organización empresarial que tienen los empleados. Pero, ¿Qué dice […]