Desde LAWYOU consideramos importante prestar atención a las impresoras 3D que, mediante su tecnología, difuminan la línea que separa el mundo digital del físico.
A consecuencia de la bajada de precio de este tipo de impresoras, con el tiempo, se dará una expansión de estas, siendo especialmente relevante analizar, tanto su funcionamiento, como su trascendencia en el Derecho.
¿Cómo funciona?
Las impresoras 3D permiten a los usuarios imprimir productos, o partes de objetos más grandes, mediante un proceso informático y mecánico. El usuario, por medio de un software específico puede diseñar un modelo personal, de manera digital. A continuación, el programa generará un archivo de diseño en tres dimensiones para la impresión. Si el propio usuario cuenta con la impresora y los materiales, podrá ser él quien imprima en su domicilio el objeto diseñado.
¿Qué se puede imprimir?
Existe una gran variedad de posibilidades, desde carcasas para el móvil, tornillos y tuercas, o a objetos para maquetas. Sin embargo, la dificultad de su creación reside en el diseño, ya que no todos somos capaces de diseñar los diferentes objetos. A consecuencia de lo cual, han surgido repositorios e índices de diseños en Internet, de los que el usuario puede descargar modelos.
Los abogados de LAWYOU destacan la problemática que se crea entorno a esta idea ya que, aunque la mayoría de usos son para fabricar objetos comunes, se han dado casos de usuarios que han sido capaces de imprimir un arma de fuego por piezas. Esto crea todo un nuevo ámbito normativo a regular y lleno de futuras consecuencias jurídicas.
¿Qué implica para el Derecho?
Es bastante previsible que en pocos años la gran mayoría de la ciudadanía cuente con una impresora 3D en su casa, lo que supondrá millones de usuarios creando productos. Sin embargo, lo que preocupa a los expertos de LAWYOU no es la creación de los productos, si no de quien es el diseño. Cuestión que incide directamente en los derechos de propiedad intelectual y patentes.
En primer lugar, los abogados de LAWYOU determinan que pueden existir problemas en relación con la propiedad intelectual y la descarga ilegal de modelos. Esto se debe a que, si un usuario crea un modelo 3D, como autor tiene unos derechos sobre éste, y por tanto podría exigir un pequeño canon por copia privada o compartirlo libremente, a su elección.
Por otra parte, en el caso de que se realicen figuras de personas físicas como en la cabina de fotografía 3D de Japón, nos encontramos con los derechos de imagen de ese determinado particular. En este caso, se necesitará el expreso consentimiento de la persona física cuya impresión se realiza, lo que puede presentar situaciones conflictivas respecto a las personas célebres como futbolistas, cantantes, actores …
Por último, el enorme reto que supondrán los supuestos en los que se impriman contenidos ilícitos. El legislador tendrá que ser especialmente severo con aquellos que compartan o impriman modelos de, por ejemplo, armas de fuego.
Ante todo lo mencionado, los abogados de LAWYOU destacan, el horizonte de novedosa normativa que presentan las impresoras 3D. Que, a su vez, pueden suponer una nueva revolución industrial o la muerte de los derechos de propiedad industrial y patentes.
enero 14, 2020 at 11:03 am, Isabel said:
Buenísimo el aporte. Un cordial saludo.