El delito leve de amenazas código penal constituye uno de los 3 tipos de delitos estipulados en él. Pero ¿Qué es una amenaza?
Como bien se sabe, una amenaza en el ámbito penal es considerada una exteriorización del daño que se le quiere hacer a otra persona. Generalmente, las amenazas son hechas a la víctima o a los familiares de la misma.
La característica fundamental de los delitos de amenazas es que lo que el sujeto activo amenaza en sí es un suceso que va a ocurrir en el futuro.
El delito de amenazas leves están establecidas en el artículo 169 del Código Penal.
Delito leve de amenazas código penal
Este delito de amenazas de muerte o de cualquier tipo, es una expresión con que el victimario anticipa el objetivo de causar un daño o de poner en riesgo la vida o la integridad física de la otra persona.
Este delito se encuentra tipificado en el art. 174 del Código Penal, que por ser leve, las sanciones también lo son. Puede existir multas de una a tres meses.
A diferencia del delito grave, el delito leve de amenazas solo es sancionado cuando la persona víctima de la amenaza denuncia.
Las amenazas son un delito, y este tipo de daño viene recogido entre los delitos contras las personas.
Consecuencias para el actor en caso de denunciarlo
Una vez interpuesta la denuncia por amenazas y ya hecho las investigaciones correspondientes por parte de la policía, se dicta una sentencia penal en juicio de faltas por amenazas que dependiendo de la magnitud del asunto puede ser la pena de prisión. En caso de un juicio de faltas por amenazas de muerte y con pruebas fehacientes el tiempo en prisión será de más años.
Si a esta persona se le condena por delito de amenazas quedará como un antecedente penal y esto sin duda es un delito leve de amenazas código penal.
Tipos de amenazas leves consideradas como delito
Algunos de los tipos de amenazas consideradas delitos son:
Amenaza a la pareja sentimental como delito leve de amenazas: código penal
La amenaza a una pareja es considerada un delito leve de amenaza así no haya testigos. Esta pena de prisión puede ir de los seis meses a un año.
Además de este castigo, también puede darse el caso de asignarle al sujeto activo trabajos para la comunidad y puede determinarse entre treinta y ochenta días.
Amenaza leve con armas de fuego u otro objeto que cause un daño eminente
Este hecho puede desplegarse a la pareja, familiares o personas con discapacidad que tengan relación con el amenazador.
Este delito es penado con prisión de tres meses a un año. Y por supuesto, se le retira el permiso de tenencia de armas que puede ser de uno a tres años.
Si el juez considera inhabilitarlo de algunos derechos también es posible, se le puede inhabilitar para que no ejerza la patria potestad, tutela o curatela por hasta cinco años.
En caso de que cometió el hecho estando en presencia de un menor de edad la condena por amenazas de este tipo puede ser impuesta en su mitad superior.
Falta por amenazas: requisitos
Este tipo de delito puede ser un tanto subjetivo en el Código Penal, puesto que los que algunos consideran amenaza, otros probablemente no.
Por ello, es importante tener pruebas de lo que ha ocurrido:
- Testigos.
- Documentos.
- Grabaciones.
- Mensajes.
Esto con el fin de aclarar ante el juez lo que la víctima considera amenaza y en qué situación se ha generado. El juez valorará cada una de las pruebas.
En caso de este delito, es necesario que la acción que va a causar el daño al otro esté tipificado como delito dentro de la legislación española.
Así pues, se está frente a un delito de amenazas cuando aparte de amenazar esta vaya constituida de:
- Homicidio.
- Aborto.
- Lesiones.
- Torturas contra la integridad moral, intimidad, el honor.
- Lesión contra la libertad sexual.
Antes de cometer alguno de los delitos descritos, no tuvo que haber falta de amenazas con anticipación. Delito leve de amenazas código penal
marzo 22, 2022 at 1:27 pm, Dolores Carrillo Navarro said:
La expareja d mi hermana la tiene amenazada, cada vez que la ve le hace comentarios como insultos en los que dice mala madre, puta, perra, cosas muy desagadables, a lo que incluyo amenazas de muerte, te tengo que matar, y muchas cosas más. Delante de la hija menor de ambos la cual tiene cuatro años, tambien hubo un enfrentamiento en el que el y su pareja dijeron todo lo nombrado anteriormente. Mi hermana tiene miedo denunciar puesto que el tiene que seguir viendo ala niña. Necesitamos ayuda, que podemos hacer.
marzo 22, 2022 at 11:42 pm, Maria Flores said:
Buenas noches, Dolores. Siendo el caso no solo de un punto de vista penal, sino también de violencia de género, tu hermana puede obtener una orden de alejamiento para ella como para su hija. Te invitamos a que rellenes el formulario para poder contactarte, entendemos que es una situación difícil, pero estamos atentos para ayudarte en lo que necesites.