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Servicios específicos en Derecho de extranjería
Los abogados de Lawyou son profesionales con más de 15 años de experiencia.
  • Asesoramiento y defensa en casos de solicitud y obtención de la nacionalidad española
    Nacionalidad española

    En nuestro despacho de abogados de extranjería ofrecemos asesoramiento y apoyo a aquellas personas que deseen obtener la nacionalidad española. No dude en contactar con nosotros.

  • Apoyo y defensa en la solicitud y obtención de la residencia permanente
    Residencia permanente

    Nuestros abogados de extranjería le asesorarán en la solicitud del permiso de residencia permanente. Contacte con nosotros si necesita más información.

  • Asesoramiento y defensa en la solicitud y obtención del permiso de residencia temporal
    Residencia temporal

    Nuestros abogados de extranjería en Sevilla le ayudarán a tramitar su permiso de residencia temporal, sea del tipo que sea. No dude en contactar con nosotros.

  • Asesoramiento y defensa en la solicitud y obtención del permiso de trabajo
    Permiso de trabajo

    Nuestro equipo de abogados de extranjería conoce los diferentes permisos de trabajo a los que tiene derecho y cómo conseguirlos. Contacte con nosotros para que le asesoremos.

  • Asesoramiento y apoyo en la solicitud para la obtención de residencia por reagrupación familiar
    Reagrupación familiar

    Nuestros abogados de extranjería se preocupan de que esté con los suyos. Conocemos todas las gestiones y documentación necesaria para una reagrupación familiar. Contacte con nosotros para más información.

  • Asesoramiento y apoyo en la solicitud y obtención de matrimonios con extranjeros
    Matrimonio

    Nuestros clientes han preguntado en numerosas ocasiones dudas acerca de las condiciones y requisitos para formalizar un matrimonio entre extranjeros y españoles. Nuestros abogados de extranjería conocen todos los aspectos relacionados y le ayudarán en este ámbito.

  • Apoyo y defensa en la solicitud y obtención de la residencia por arraigo
    Residencia Arraigo

    Para nuestros abogados de extranjería es muy habitual encontrarse con casos en los que es necesaria la solicitud de un permiso de residencia por arraigo. Contacte con nuestro equipo si necesita asesoramiento o ayuda en esta materia.

  • Apoyo y defensa en la solicitud y obtención del visado y de la tarjeta de estudiante
    Visado estudiante

    Nuestros abogados de extranjería son expertos en los diferentes requisitos y procedimientos a seguir para obtener un visado de estudiante o una tarjeta de estudiante. Contacte con nosotros si necesita más información.

  • Defensa y asesoramiento en recursos y alegaciones para expedientes de expulsión
    Recursos y alegaciones

    En nuestro despacho de Lawyou ofrecemos asistencia y apoyo frente a recursos y alegaciones ante su expediente de expulsión. Contacte con nosotros si desea que le asesoremos y defendamos en este aspecto.

Asesoramiento y defensa en casos de solicitud y obtención de la nacionalidad española

La nacionalidad española queda definida por el Ministerio de Justicia de la siguiente manera:

Es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas.

De esta forma, el individuo contará con una serie de Derechos, como la protección del Estado en el país de origen o en el extranjero, así como con una serie de deberes de acuerdo a la legislación del país.

Existen diferentes formas de obtener la nacionalidad española: el permiso de residencia es una de las más comunes. En este caso, el interesado/a deberá haber residido en el país durante diez años de forma legal y continuada. Existen casos en los que se puede obtener la nacionalidad sin haber residido diez años:

  • Cinco años: personas que hayan adquirido el estatus de refugiado.
  • Dos años: nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.
  • Un año: personas casadas con una persona española durante un año, viudos y viudas de españoles, personas nacidas fuera de España pero de padres o abuelos españoles, personas nacidas en territorio español, aquellos que no pudieron adquirir su derecho de obtención de la nacionalidad española por opción; personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento durante dos años consecutivos.

Otra forma de conseguir la nacionalidad española es la carta de naturaleza. Este proceso es de carácter excepcional y no todos pueden tener acceso a ella. Se trata de un trámite a través del cual se especifican las razones excepcionales por las que el interesado/a debe adquirir la nacionalidad española. Sería el caso, por ejemplo, de deportistas extranjeros de élite.

También se considera el logro de la nacionalidad española para españoles de origen. Esto quiere decir que tendrán derecho a la nacionalidad aquellas personas hijas de padres españoles nacidas en el extranjero, así como aquellos extranjeros adoptados por padres españoles.

La obtención de la nacionalidad por posesión de estado es otra opción. A pesar de que no es el caso habitual, conviene conocer quiénes pueden obtenerla: la nacionalidad por posesión de estado puede ser solicitada por aquellas personas que han poseído y utilizado la nacionalidad española por diez años consecutivos, sin que esta se pierda aunque sea anulada en el Registro Civil. Son casos muy concretos en los que se duda de la nacionalidad del interesado/a: por ejemplo, el hijo de un padre español que anula su paternidad por no ser el padre biológico.

Si necesita más información, asesoramiento o defensa en este aspecto, por favor, contacte con nuestro despacho de abogados de extranjería. Le ayudaremos a gestionar los diferentes trámites, procedimientos y posibilidades para la solicitud y obtención de la nacionalidad española.

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Asesoramiento y defensa en la solicitud y obtención del permiso de residencia permanente

El permiso de residencia permanente permite que un ciudadano extranjero pueda permanecer en el país de destino por tiempo indefinido. Puede obtenerse una vez se ha residido en España de forma regular por un periodo continuado de cinco años.

El Artículo 10 del Real Decreto 240/2007 define quiénes son aquellas personas que podrán acceder a la obtención del permiso de residencia en España:

Son titulares del derecho a residir con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y los miembros de la familia que no sean nacionales de uno de dichos Estados, que hayan residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años.

Este permiso de residencia puede otorgarse en menos de cinco años a personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos: que el solicitante perciba una pensión de jubilación, si este ha realizado la actividad laboral durante el último año y si ha residido en España los últimos tres.

También se otorgará el permiso de residencia en España a aquellas personas que no hayan continuado su actividad laboral por motivos de incapacidad permanente, cuando han residido en España durante más de dos años de forma continuada.

Por último, tendrán derecho a residencia permanente las personas interesadas que, tras tres años consecutivos de realizar su trabajo en España, empiecen a realizarlo en otro Estado, pero manteniendo su residencia en España.

No obstante, es importante saber que el permiso de residencia en España puede perderse si el beneficiario abandona el país por dos o más años.

Nuestros abogados de extranjería son conscientes de la importancia que tiene realizar estos trámites de manera adecuada. Sabemos que es necesario un tratamiento personalizado para la comprobar si reúne todos los requisitos para el permiso de residencia.

En nuestro despacho de abogados Lawyou podemos ayudarle, no dude en contactar con nosotros si tiene alguna duda o necesita asesoramiento.

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Asesoramiento y apoyo en la solicitud y obtención del permiso de residencia temporal

La Ley de Extranjería diferencia entre estancia y residencia, dos términos relacionados entre sí, explicando lo siguiente en el Artículo 30:

Estancia es la permanencia en territorio español por un período de tiempo no superior a 90 días, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 para la admisión a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

De esta forma, una vez pasado este tiempo, la persona residente deberá solicitar un permiso de residencia o una prórroga de estancia para permanecer en el país de forma regular.

Si lo que se desea es prorrogar la estancia, la situación cambiará dependiendo de si la persona extranjera dispone o no de un visado. En el primer caso, si se dispone de un visado para una estancia menor a tres meses, esta podrá ser alargada hasta un máximo de otros tres. Si no se cuenta con un visado, la prórroga de la estancia podrá efectuarse en casos excepcionales.

En caso contrario, quizás se desee obtener un permiso de residencia temporal, definido en el Artículo 31 de la Ley de Extranjería de la siguiente manera:

La residencia temporal es la situación que autoriza a permanecer en España por un período superior a 90 días e inferior a cinco años.

Hablaríamos entonces de casos en los que la persona extranjera quiere permanecer en el país de destino por una duración concreta y definida. Encontramos diferentes formas de obtención del permiso de residencia temporal, compartiendo la mayoría de ellos requisitos como la necesidad de que su estancia en España sea regular o que la persona que lo solicita no tenga antecedentes penales.

El permiso de residencia temporal no lucrativa es aquel que permite la no realización de actividades laborales. El requisito más destacable en este caso es la necesidad de solvencia económica para proveer por sus necesidades y la de sus familiares.

De igual manera, el permiso de residencia temporal por reagrupación familiar se llevará a cabo en aquellos casos en los que exista una persona que resida en España de manera regular (por al menos un año) que desee que sus familiares directos se encuentren con él en el país de destino. Uno de los criterios principales para conseguir este permiso es el mismo que en el caso anterior: el solicitante debe contar con los medios económicos necesarios para apoyar a sus familiares, además de una vivienda.

Otro tipo de permiso de residencia temporal es aquel con excepción de la autorización de trabajo. Los solicitantes que podrán acceder a este permiso serán los siguientes entre otros: profesionales que han sido invitados o contratados por sus conocimientos para la participación en un trabajo o programa; corresponsales de medios de comunicación extranjeros; funcionarios civiles o militares extranjeros que acudan al país de destino para la cooperación con la Administración española; artistas que realizan actuaciones concretas en España.

Se puede acceder, igualmente, al permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Estas razones son variadas: pueden ser motivos de protección internacional, por razones humanitarias o por colaboración con autoridades públicas, razones de seguridad nacional o interés público.

El proceso puede ser relativamente complejo si se desconoce la ley, la documentación necesaria o los pasos a seguir en cada caso. Por ello, aconsejamos que contacte con nuestro equipo de abogados de extranjería para que le asesoremos y ayudemos en el proceso de obtención del permiso de residencia temporal.

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Asesoramiento y apoyo en la obtención del permiso de trabajo

El permiso de trabajo en España es aquel que permite al ciudadano extranjero realizar diferentes actividades laborales que le reporten un beneficio económico. Así, según el Artículo 36 de la Ley de Extranjería:

Los extranjeros mayores de dieciséis años precisarán, para ejercer cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, de la correspondiente autorización administrativa previa para residir y trabajar. La autorización de trabajo se concederá conjuntamente con la de residencia, salvo en los supuestos de penados extranjeros que se hallen cumpliendo condenas o en otros supuestos excepcionales que se determinen reglamentariamente.

Se interpreta así que podrán ser beneficiarios del permiso de trabajo aquellas personas interesadas mayores de dieciséis años que cuenten con una autorización administrativa para ello. Se especifica también que dicho permiso se entregará junto con el permiso de residencia en todos aquellos casos en los que el solicitante no esté cumpliendo condena.

La mencionada autorización administrativa de permiso de trabajo será tramitada por el empleador que desee contratarnos y deberá ir acompañada del contrato de trabajo.

Por otro lado, existen dos tipos de permiso de trabajo: permiso de trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena.

En el primer caso, encontramos tanto la necesidad de demostrar que se cumplen todos los requisitos legales para la realización de una actividad laboral, como la posibilidad de creación de empleo. Inicialmente, este permiso de trabajo quedará determinado a una actividad en concreto y a una sola Comunidad Autónoma.

Si lo que necesitamos es un permiso de trabajo por cuenta ajena, se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo. Para solicitarla, como decíamos anteriormente, el empleador deberá presentar una petición de autorización junto con el contrato de trabajo. De igual manera, esta autorización inicial servirá para un territorio y actividad determinados.

La obtención del permiso de trabajo en España puede ser una materia complicada si no se comprenden los requisitos y las excepciones existentes. Por ello, le recomendamos realizar este trámite con el apoyo y el asesoramiento de un abogado de extranjería.

En nuestro despacho de abogados Lawyou somos expertos en este aspecto y podemos ofrecerle toda la ayuda que necesita de forma personalizada: le aconsejaremos según su situación particular y necesidades, y le expondremos todas las opciones de las que dispone para que podamos decidir cuál es la más adecuada para usted. Por favor, contacte con nosotros si requiere más información o si tiene cualquier tipo de duda.

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Asesoramiento y apoyo en la solicitud y obtención de residencia por reagrupación familiar

La residencia por reagrupación familiar define la estancia de familiares directos de inmigrantes en el país de destino cuando el familiar se encuentra fuera del país.

El Artículo 16 del Código de extranjería especifica lo siguiente:

Los extranjeros residentes tienen derecho a la vida en familia y a la intimidad familiar en la forma prevista en esta Ley Orgánica y de acuerdo con lo dispuesto en los Tratados internacionales suscritos por España.

La solicitud de reagrupación familiar puede ser requerida para familiares directos como los siguientes: el cónyuge del residente (si no están separados); los hijos del residente y del cónyuge menores de dieciocho años o discapacitados; los menores y mayores de dieciocho años que no sean capaces de valerse por sí mismos debido a su estado de salud si el residente es su representante legal; los padres y madres del residente y de su cónyuge cuando estos estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y se encuentren razones de peso por las que deben residir en España.

Existen diferentes requisitos para reagrupación familiar que nuestro despacho de abogados de extranjería conoce: en primer lugar, la residencia por reagrupación familiar podrá solicitarse cuando los solicitantes hayan obtenido la renovación de su permiso de residencia inicial, es decir, que hayan residido en España durante un año.

Otro requisito es la disponibilidad de una vivienda adecuada y de la solvencia económica necesaria para cubrir las necesidades de su familia. Con respecto a la vivienda, será determinado por cada Comunidad Autónoma si esta es apropiada o no. En cuanto a los medios económicos, no se considerará que el residente es capaz de proveer por su familia si sus ingresos se basan en ayudas procedentes del Estado.

El último requisito para la reagrupación familiar en España es que, en el caso de menores en edad de escolarización (hasta los dieciséis años), estos deberán ser escolarizados y las autoridades educativas deberán habilitar plazas en caso de ser necesario.

Sin embargo, ¿cómo es el procedimiento de reagrupación familiar? El Artículo 18 bis del Código de Extranjería determina los pasos que el solicitante tiene que seguir para lograr dicho objetivo: el residente deberá solicitar una autorización por reagrupación familiar para los miembros de su familia. Esto quiere decir que será la persona que reside de forma regular en España, y no sus miembros familiares, quien comience el procedimiento. Además, esta solicitud puede realizarse conjuntamente con la renovación del permiso de residencia inicial.

En nuestro despacho de abogados de extranjería nos especializamos en este tipo de casos y tenemos una amplia experiencia al respecto. No dude en contactar con nosotros si necesita asesoramiento o iniciar el proceso de reagrupación familiar.

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Asesoramiento y apoyo en la autorización e inscripción de matrimonios entre extranjeros y españoles

Durante los últimos años, nuestros abogados de extranjería se han encontrado con un crecimiento en el número de preguntas que nuestros clientes tienen acerca del matrimonios mixtos y matrimonios entre extranjeros.

El principal reto con el que nuestros clientes se encuentran (sobre todo los matrimonios mixtos: aquellos formados por un español y un extranjero) es demostrar que dicha unión no se produce por motivos relacionados con la permanencia en el país o la obtención de la nacionalidad, esto es, deben demostrar que no se trata de un matrimonio de conveniencia o complacencia.

Por ello, nuestros abogados de extranjería señalan que los interesados han de demostrar diversos aspectos: por ejemplo, el contrayente español deberá acreditar su capacidad nupcial y sus intenciones. Para ello, se realizará una audiencia a cada uno de los interesados por separado en los que el instructor se asegurará de que las intenciones de ambos son las adecuadas. Las preguntas que el instructor realizará estarán relacionadas con la vida en común de la pareja: cuándo comenzó su relación, cómo han planeado la convivencia, cuántos hijos querrían tener, etc.

Además, existe una serie de documentos necesarios para la tramitación de un matrimonio entre un español y un extranjero. Estos documentos incluyen: original y fotocopia del DNI o pasaporte, certificado de empadronamiento, partida de nacimiento y certificado de soltería.

Cabe destacar que estos trámites no serán los mismos para un matrimonio entre un español y extranjero fuera de España, por lo que conviene consultar las diferencias con un abogado de extranjería que comprenda los requisitos y documentación necesaria para cada una de las situaciones que pudieran presentarse.

Si tiene alguna duda, le recomendamos que contacte con nuestros abogados de extranjería, que le brindarán toda la ayuda que necesita y le ofrecerán un tratamiento personalizado a sus necesidades.

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Asesoramiento y apoyo en la solicitud y obtención de permiso de residencia por arraigo

En nuestro despacho de especialistas abogados de extranjería, creemos necesario dar cuenta de que la legislación española contempla la posibilidad de permanecer en el país de forma temporal y regular cuando se dan situaciones excepcionales. Según el Artículo 123 del Real Decreto 557/2011:

Se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos de arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés público.

Los casos de residencia por arraigo tienen que ver con aquellas situaciones en las que una persona extranjera reside en España de forma irregular, es decir, sin un permiso de estancia o residencia.

Podemos encontrar tres situaciones en las que se puede solicitar la residencia por arraigo en España. La primera que podemos enumerar es la residencia por arraigo laboral, que podrá solicitarse por aquellas personas que hayan residido en España por un periodo continuado de dos años como mínimo y puedan demostrar haber trabajado por un mínimo de seis meses.

Otra posibilidad es la residencia por arraigo social: en este caso, el solicitante necesitará demostrar su residencia en España por un periodo mínimo y continuado de tres años. Existen, también, otros requisitos a tener en cuenta, como la necesidad de no tener antecedentes penales, la de contar con un contrato de trabajo de una duración de un año como mínimo o la de tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes.

Por último, se puede solicitar la residencia por arraigo familiar: es otorgada a aquellas personas que, o bien son hijas de españoles de origen o son padres de un menor de nacionalidad española.

Cada una de las situaciones es diferente y requiere una documentación determinada, por lo que aconsejamos que contacte con un abogado de extranjería a la hora de solicitar uno de estos permisos de residencia por arraigo.

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Asesoramiento en la solicitud y obtención de la tarjeta y del visado de estudiante

Puede que su objetivo sea cursar sus estudios en España. Si este es el caso, ha de saber que será necesario que realice una serie de procedimientos para obtener un visado de estudios.

Según el Artículo 37 del Reglamento de Extranjería:

El visado de estudios incorporará la autorización de estancia y habilitará al extranjero a permanecer en España en situación de estancia para la realización de la actividad respecto a la que se haya concedido.

Esta estancia será superior de noventa días y no superior a dos años, y se otorgará a aquellas personas que soliciten la obtención del visado de estudiante para una de las siguientes actividades: la realización de estudios en centros de enseñanza autorizados; la consecución de actividades de investigación; la participación en un programa de movilidad de alumnos; la realización de prácticas no laborales o un voluntariado.

Uno de los requisitos más importantes a cumplir para obtener el visado de estudiante es que el solicitante sea independiente económicamente durante su estancia en el país de destino. Si se le presentara la oportunidad de realizar algún tipo de trabajo por el que obtuviera una retribución económica, podrá solicitar una autorización para llevarla a cabo. Asimismo, la persona interesada tendrá que haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España en caso de ser necesario.

Por otro lado, será necesaria la expedición de una tarjeta de estudiante si la duración de la estancia es superior a seis meses.

En nuestro despacho contamos con expertos abogados de extranjería que le ofrecerán el asesoramiento adecuado a su situación y le brindarán la información que busca. No dude en contactar con nosotros si tiene alguna pregunta al respecto.

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Defensa y asesoramiento en recursos y alegaciones para expedientes de expulsión

Puede que haya recibido la denegación del permiso de residencia y necesite actuar con urgencia. Debe saber que, tal y como establece el Artículo 19 de la Ley Orgánica 4/2000, tiene derecho a recurrir la decisión tomada por la Administración:

Los actos y resoluciones administrativas adoptados en relación con los extranjeros serán recurribles con arreglo a lo dispuesto en las leyes.

Existen diferentes formas de recurrir el expediente de expulsión que dependerán de la situación en la que nos encontremos: puede que se nos haya impuesto la salida obligatoria por orden judicial, por resolución administrativa o por denegación de la solicitud de prórroga de la estancia o residencia.

Cada situación requiere unas medidas determinadas, así como personalizadas, dependiendo de la persona interesada. Dada la complejidad de estos casos, recomendamos acudir a un abogado de extranjería.

En nuestro despacho de abogados en Sevilla, le ayudaremos y ofreceremos todo el apoyo que necesita, estudiando su caso detenidamente y analizando sus posibilidades.

Los plazos en este tipo de situaciones son realmente importantes y los efectos de dichas resoluciones son graves, por lo que le aconsejamos que actúe con rapidez y contacte con un abogado de extranjería en el menor tiempo posible.

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Otras cuestiones de extranjería en las que podemos ayudarte.

Además de lo dicho, también podemos ayudarle con cualquier otra cuestión en la que necesite un abogado de extranjería. Nuestro equipo, altamente cualificado y con mucha experiencia en el sector, estudiará su caso de forma totalmente personalizada.

Para una atención más rápida y eficaz, le recomendamos que nos pida cita previa a través de alguno de los medios que tenemos habilitados para este fin.

Si lo desea, también puede consultar el resto de secciones de nuestra web, donde encontrará más información de utilidad.

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