Delitos de violencia de género

Delitos de violencia de género: Penas establecidas

Maria Flores — jueves, 16 de diciembre de 2021

Los delitos de violencia de género se incluyen en la legislación de España de manera especial, por ser las mujeres quienes por mucho tiempo han sufrido maltratos físicos y psicológicos por parte de su pareja. 

Estos tipos penales han sido modificados por el legislador varias veces durante los últimos años. 

Estos delitos de violencia de género son ejercidos en su mayoría por su pareja convivan o no en una misma residencia. Es decir, cuando exista una relación afectiva parecida a la conyugal se habla de violencia de género.

Se hace énfasis en que la característica principal de este delito es que el maltrato y violencia se manifiesta por la sumisión de la mujer ante una figura masculina, prevaleciendo el poder en este. 

Delitos de violencia de género

Evidentemente, existen muchos tipos de delitos de violencia de género. La discriminación, la desigualdad laboral, física, las relaciones de poder del hombre frente a la mujer dieron auge a la necesidad de amparar y proteger su dignidad, logrando una igualdad social. 

Artículo 1, de Protección Integral contra la Violencia de Género:

 “Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”

Entre los delitos de violencia de género se encuentran: 

  • Violencia física.
  • Violencia psicológica.
  • Amenazas
  • coacciones 
  • Agresión sexual
  • Privación de la libertad.
  • Acoso en el ámbito social y familiar.

Delitos de violencia de género

¿Por qué es una Ley especial?

La necesidad de que sea regulada por una ley especial, es debido a todas las muertes y casos de maltrato existente por parte del hombre hacia la mujer. El sujeto pasivo siempre en este caso es la mujer.

La estructura legal modificó todas las concepciones jurídicas por la injusticia y la desigualdad de género. 

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Requisitos para que se considere violencia de género

  • Que la víctima sea mujer. 
  • Que el agresor sea hombre y que tenga o haya tenido relación afectiva con ella.
  • Que sea su cónyuge.
  • Que la violencia sea ejercida con ínfula de poder del hombre sobre la mujer.

Suspensión de condena por violencia de género

El código penal establece una suspensión de la condena por violencia de género. Es decir, el reo no puede maltratar o ejercer violencia en el plazo establecido y cumpliendo reglas necesarias para que la suspensión se lleve a cabo.

Reglas que debe cumplir el sujeto activo

  • No puede acercarse a la víctima. 
  • No puede tener relación de amistad con los familiares que dicte el juez.
  • Tiene prohibido ir a los lugares de trabajo o residencia de la víctima.
  • El agresor debe participar en programas formativos (protección de animales, programas laborales).

Título de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre que establece las penas por violencia de género

La parte dedicada a las penas por violencia de género se encuentran en el título IV de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, a partir del artículo 33 y, donde se establecen los tipos penales para los delitos de violencia de género. 

Esta Ley busca fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana, atribuir derechos a las mujeres víctimas de violencia de género y además garantizar los derechos de las mujeres en el ámbito laboral. 

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