Un solar perteneciente a la herencia de un matrimonio fallecido en los años 1960 y 1970, que no había sido en su día declarado, se quería regularizar a fin de poderlo vender. Había hijos, nietos y bisnietos. Un hijo había sido desheredado. Otros habían fallecido. Algunos nietos y bisnietos habían renunciado a la herencia de sus padres, por lo que ya no tenían derechos sucesorios. Al final, se pudo reconstruir las líneas sucesorias de todas las estirpes y se pudo aceptar la herencia, con lo cual los herederos pudieron vender el solar.
Herencia y Sucesiones
Lawyou
— martes, 14 de diciembre de 2021
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