Stalking delito

Stalking delito ¿Cuáles son sus características? en 2022.

Lawyou — miércoles, 29 de agosto de 2018

Una de las reformas que entró en vigor el 1 de julio del año 2015 de la Ley Orgánica 1/2015 fue el stalking delito, el cual encaja dentro de los delitos contra la libertad.

Se trata de un delito de acoso a una persona sin que medie autorización alguna, causando graves perjuicios a la víctima. Una de las principales características del staking delito es que se presenta de forma reiterada e insistente.

¿En qué consiste el stalking delito?

El stalking hace referencia al acecho, hostigamiento que recibe una persona por las redes sociales, como se menciona, este delito no estaba tipificado y no se encontraba dentro de un tipo penal dentro del Código Penal Español.

 Cuando sucedía algún acto de stalking, los jueces trataban de subsumir la conducta como parte de algunos tipos penales tipificados, entre ellos, las llamadas telefónicas, mensajes masivos y otros actos realizados a través de los medios digitales.

Características del Stalking delito

  • Intromisión indeseada.
  • Comportamiento obsesivo.
  • Rechazo de la víctima con el sujeto acosador.
  • Llamadas telefónicas persistentes.
  • Mensajes de textos continuos.
  • Envío de fotografías.

Dichos actos causan en la víctima miedo y ansiedad, por lo que pueda llegar a convertirse este acercamiento indeseado. En este delito, el acosador puede ser conocido o no por la víctima y los intentos de querer tener contacto con ella, hacen que se vea afectado el desarrollo normal de la vida de la persona.

Stalking delito

¿Dónde se encuentra regulado el stalking delito?

El delito de acoso ilegítimo o stalking está regulado en el artículo 172 ter del Código Penal.

“Será castigado con la pena de prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana”. Tales conductas son las siguientes:

  • La vigile, la persiga o busque su cercanía física
  • Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas
  • Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella
  • Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella
  • Si se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años

Artículo 172 del Código Penal

¿Qué bien jurídico protege?

La legislación, conforme a los daños que causa este tipo de delito, ha declarado que el bien jurídico protegido es la libertad individual para así vivir tranquilo.

Es muy importante que la víctima esté lo suficientemente informada acerca de sus posibilidades en caso de que esté sufriendo este tipo de acoso, para que se puedan poner en marcha las medidas de protección adecuadas, garantizando su seguridad en todo momento.

Del mismo modo, resulta fundamental que la víctima sea capaz de identificar tales conductas para poder, en ese caso, denunciar su situación.

Aunque es un tipo penal que puede ser exigido por muchas personas, el juez debe analizar detenidamente las acciones cometidas con el fin de verificar si cumple con las características mencionadas.

Pues, tiene que afectar al sujeto de tal manera que se vea limitado a seguir con su vida cotidiana, obstruyendo así la libertad de obrar de la víctima.

¿Cuál es el objetivo principal?

Ante ello y según la exposición de motivos de la ley, este delito “está destinado a ofrecer respuesta a conductas de indudable gravedad que, en muchas ocasiones, no podían ser calificadas como coacciones o amenazas”.

Por tanto, este delito quiere hacer frente a conductas graves y reiteradas que menoscaban gravemente tanto la libertad como la seguridad de la víctima.

No hay duda de que, tipificar este tipo de conductas en el Código Penal, hace que la víctima pueda favorecerse de las medidas que contiene el citado Código.

 

Categorías a las que pertenece este artículo:

Si te ha gustado, comparte este artículo:

Comentarios

Comments are closed.